Sorprendente, frustrante, descabellado y llamativamente favorable a los intereses del Gobierno. Así cabe calificar el auto del Tribunal Supremo por el cual ese tribunal se niega a suspender cautelarmente Acción Nacionalista Vasca (ANV), optando en cambio por prohibir la proclamación de sus candidaturas a las elecciones generales y congelar la entrega a este partido de fondos públicos. Esto a pesar de “la especial intensidad de los indicios objetivos de vinculación del partido político demandado en este proceso y Batasuna” en virtud de las pruebas objetivas presentadas por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. ¿Qué ha llevado al Tribunal Supremo a tomar esta extraña decisión?
En primer lugar, la sala acepta las evidencias que demuestran que ANV, PCTV y la ilegal Batasuna comparten de forma conjunta “sede e infraestructura”. También constata “la asunción por parte de ANV y PCTV de gran parte de los gastos correspondientes a actos políticos de Batasuna” y la existencia de una “caja común” entre estos dos partidos, hecho reflejado por las numerosas transferencias de fondos de ellos entre sí y hacia Batasuna. Que aún así los magistrados sostengan que la congelación de las cuentas y los activos de ANV “podría acarrear al partido unos inconvenientes innecesarios y excesivamente onerosos” resulta ciertamente chocante, más aún si tenemos en cuenta los inconvenientes, del todo inútiles y ciertamente costosos, que las acciones de ETA-Batasuna suelen producir a sus víctimas. ¿A quién hay que proteger, al criminal y a sus colaboradores o a la víctima?
En segundo lugar, el tribunal señala “la unidad de acción” que existe entre el partido demandado y los otros dos vértices del triángulo proetarra. Sin embargo, los magistrados desestiman la petición de suspensión de sus actividades, “pues el peligro que puede representar la permanencia en la vida pública durante unos meses de un partido inscrito... no puede anteponerse al que supone impedirle toda actividad durante este corto espacio de tiempo”. ¿En qué consiste ese peligro, superior al que supone para la vida y propiedad la labor de colaboración entre ANV y ETA? ¿A qué temen Francisco José Hernando y el resto de miembros de la sala?
Por si todo lo anterior fuera poco, el tribunal se niega a suspender ANV a pesar de que tanto el cauce procesal empleado como la forma concreta en que se ha tramitado la solicitud son los adecuados. Su argumento, que “habríamos privado a un partido legal de uno de los derechos básicos en todo sistema democrático” y por tanto limitado el pluralismo político resulta claramente endeble y de difícil comprensión. Que el derecho de un partido que colabora abiertamente con organizaciones criminales a proseguir sus actividades ilegales se anteponga a la vida y la libertad de los amenazados por ETA constituye, cuanto menos, una peligrosa inversión de valores. La tutela efectiva de los jueces y tribunales es un derecho constitucional que nadie debería confundir con la impunidad.
En fin, unas medidas cautelares tímidas e insuficientes que podrían repetirse en el caso de la demanda contra el PCTV, pendiente también de resolución por la misma sala del Tribunal Supremo. Mientras tanto, los proetarras seguirán financiando a ETA-Batasuna, burlándose del Estado de Derecho y amedrentando a la población.
Quien desde luego no tiene nada que temer es el Gobierno, cuyos enviados podrán seguir reuniéndose a placer con ANV y cualesquiera otros enviados de ETA sin tener que rendir cuentas por ello ante los tribunales. Sólo la voz de los ciudadanos, expresada el nueve de marzo en las urnas, podrá poner fin a la negociación del PSOE con ETA. Flaco favor hacen a la paz los que niegan la justicia.